LAS PENSIONES ALIMENTICIAS


¿Qué son las pensiones alimenticias?


Es el derecho que la ley otorga a una persona para recibir, y exigir, de otra, los recursos necesarios para sustentar y desarrollar su vida, de acuerdo a su realidad social y económica. Incluye, además, laenseñanza básica, media y el aprendizaje de alguna profesión u oficio, cuando el beneficiario es niños, niñas o adolescente. ¿Quiénes pueden exigir pensiones alimenticias? Los hijos/as hasta que cumplan 21 años y hasta los 28 si están estudiando. Además el cónyuge si existe entre dos personas vínculo matrimonial.

¿Quiénes deben pagar la pensión alimenticia?


Cuando la pensión es para el hijo/a y ambos padres trabajan remuneradamente, entonces ambos están obligados. Si uno no trabaja entonces queda liberado de la obligación ya que carece de capacidad económica. Cuando la pensión es para un cónyuge el obligado es el otro cónyuge.


¿Cómo se tramita una pensión alimenticia?


Cuando el beneficiario es el hijo/a y los padres están separados, la madre es quien los representa para efectos de obtener la pensión de alimentos. Las adolescentes embarazadas también tienen derecho a demandar pensión de alimentos por el hijo/a que está por nacer, contando con un representante legal. Cuando el beneficiario es el cónyuge, es él/ella mismo/a quien debe demandar.


¿Se requiere contar con un abogado para presentar la demanda de alimentos?


Sí, para comparecer ante los tribunales de Familia necesariamente debes contar con el patrocinio de un Abogado.


¿Dónde están los Tribunales de Familia?


Los de Santiago son cuatro y están ubicados en San Antonio Nº 477, Santiago Centro.

En San Miguel hay dos tribunales de Familia y están ubicados en San Nicolás Nº 1085 (Metro Lo Vial).


¿Sólo una vez que termina el juicio se obtiene la pensión?


No, en la primera actuación judicial el juez fijará alimentos provisorios, los cuales se mantienen mientras se tramita el juicio de alimentos y hasta que se dicte sentencia definitiva.


¿Cuáles son los montos establecidos para solicitar la pensión de alimentos?


El monto mínimo equivale al 40% de un ingreso mínimo cuando se trate de un solo hijo. Si los hijos son dos o más, el monto mínimo por cada uno de ellos equivale al 30% de un ingreso mínimo. El monto máximo es el 50% de los ingresos totales del demandado.

Atte,
Equipo Jurídico de Familia U. de Chile- UC.


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